Consejo de Estado indica que pueden ejercer actividades comerciales y políticas en espacio público.

Los menores de edad que deseen salir a trabajar o participar en marchas de carácter político en las calles de la ciudad podrán hacerlo con total libertad.

Así lo ratificó el Consejo de Estado, mediante un fallo, luego de evaluar los posibles efectos que tendría en niños y adolescentes la prohibición “tajante” de ejercer actividades de este tipo y manifestarse, como lo establecía el Código de Policía hace unos días.

Mientras la norma señala, en el numeral 5 del artículo 70, que “los menores de edad no podrán utilizar el espacio público con fines comerciales o políticos”, el tribunal consideró que este viola la Constitución Política y por tanto declaró su nulidad.

“El Código no discrimina, sino que se habla de actividades políticas y comerciales. Entonces –explicó la magistrada ponente María Claudia Rojas–el fallo lo que hace es decir que no se puede tener una prohibición tan tajante porque, entre otras cosas, los convenios internacionales de los derechos del niño permiten cierto tipo de trabajo. No por pretexto de que están protegiendo el espacio público se pueden violar esos derechos fundamentales”.

Justamente así lo había señalado una ciudadana que demandó a las autoridades distritales y solicitó la declaratoria de nulidad de este y otros apartes del Código.

En principio, fue esa demanda la que motivó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el 2006, a declarar su nulidad. Luego de que el proceso pasará a segunda instancia, el Consejo de Estado ratificó que no puede haber una prohibición “absoluta” para los menores, pues están en su derecho de escoger una profesión y ejercerla en la calle, si así lo quieren.

Si bien este numeral se estableció como un mecanismo para proteger el espacio público, surge la duda sobre si la decisión del tribunal afecta la lucha contra la explotación infantil –abriéndole más campo de acción a quienes se aprovechan de los niños– o si dificultará la tarea que tiene la Policía de controlar a los menores que protagonizan desmanes en las manifestaciones. Hasta ahora, según las autoridades, estos debían ir acompañados por un adulto responsable.

¿Riesgo para los niños?

Una de las razones que dio el Distrito en su recurso de apelación para sustentar la importancia de la norma es la protección a los pequeños.

En el documento explicó que su objetivo principal no solo es proteger el espacio público sino “a los menores de la explotación económica que vienen padeciendo, así como del peligro que corren su vida e integridad física cuando participan en las actividades comerciales y políticas, derechos que sin lugar a dudas tienen mayor importancia que los supuestamente vulnerados”.

Y su preocupación no es injustificada. Aunque en la ciudad ha disminuido el número de niños y adolescentes que trabajan en las calles, la cifra sigue siendo elevada. Solo en la capital, hay alrededor de 121.000, según el Observatorio de Desarrollo Económico (con información del Dane) de los más de 1’039.000 que son explotados en el país.

Para Carolina Piñeros Ospina, directora ejecutiva de Red PaPaz, “esta limitación sí ayudaba a proteger a los niños”.

La razón, según Piñeros, tiene que ver con que la sociedad todavía no está preparada para cambios de este tipo, pues aún se les vulnera los derechos a los menores de edad y se les “está manejando de manera inapropiada”.

En Bogotá es común encontrarse a los pequeños ofreciendo cualquier producto, especialmente en los semáforos, enfrente de centros comerciales y a las afueras de los almacenes de cadena y las plazas de mercado.

Ese es el caso de Ronald*, un pequeño de tan solo 12 años, que algunos días de la semana y sin falta el sábado y el domingo se ubica frente a una concurrida plaza de mercado del centro de la capital para vender aguacates. “Lo que me paga mi tío no es mucho, pero con eso como en el colegio y alcanzo a ahorrar un poquito”, contó el niño.

Sin embargo, el Consejo de Estado insistió en que ya hay normas internacionales que regulan el tema de trabajo infantil, por lo que no debe mezclarse una cosa con la otra.

Esta precisión la comparten expertos en la materia. Para algunos, el cambio es más de forma que de fondo, puesto que ya los jóvenes venían participando de manifestaciones y tenían la posibilidad de vender en la calle.

Además, el Código de la Policía no precisaba la edad de los pequeños que salen a trabajar. Para ciertos casos, –desde los 14 años– la ley permite que puedan ejercer algunos oficios.

También en marchas

El fallo del tribunal también contempló que por el libre desarrollo de la personalidad de niños y adolescentes, ellos están en libertad de participar de actividades políticas.

“Considera la Sala que erró el Concejo Distrital al prohibir de manera absoluta a todos los menores de edad ejercer en los espacios públicos, actividades de naturaleza política (…). Este grupo poblacional –según el fallo– sí puede ejercer algunos mecanismos de participación democrática…”.

Por su parte, Piñeros insistió en que en muchas de esas manifestaciones no hay razón para que ellos participen, especialmente porque pueden desconocer la verdadera motivación de la marcha.

“En estos casos, casi siempre quienes sufren accidentes, por ejemplo, son menores de edad”, concluyó.

* Nombre cambiado por protección del menor

Tomado de: http://www.eltiempo.com/bogota/trabajo-de-menores-en-las-calles/15965658