¿Sabía que las empresas en Colombia deben contar con Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral?

¿Sabía que las empresas en Colombia deben contar con Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral?

agosto 3, 2018

De acuerdo a los lineamientos para la implementación y el fortalecimiento de la estrategia IAMII (Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral), compilados en un documento formal del año 2016, a cargo del Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) en Colombia, es importante la promoción, protección y apoyo efectivo en la práctica de la lactancia materna en el país.

Dicho documento (SA1. Fortalecimiento de la estrategia IAMI integral en departamentos priorizados – Convenio 519 de 2015), expresa que es necesario “promover, proteger y dar apoyo a las madres y  sus familias para poner en práctica la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida, y con alimentación complementaria adecuada hasta los dos años de edad o más”.

Es por ello, que el Congreso de la República de Colombia, por medio de la Ley No. 1823 del 4 de enero de 2017, dio vida a esta iniciativa que expresa: “Por medio de la cual se adopta la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral en entidades públicas territoriales y empresas privadas”.

Salas Amigas 2Según los ‘Lineamientos técnicos para la implementación de las Salas Amigas de la Familia Lactante en el Entorno Laboral’ (año 2012), estos lugares son un espacio cálido y amable, ubicados en entidades públicas y privadas, que ofrecen las condiciones adecuadas (incluyendo los elementos necesarios) para la extracción y conservación de la leche materna bajo normas técnicas de seguridad, y así luego transportarla al hogar y disponer de ella para alimentar al bebé en ausencia temporal de la madre.

Las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, y las entidades privadas, adecuarán en sus instalaciones un espacio acondicionado y digno para que las mujeres en periodo de lactancia que laboren allí, puedan extraer la leche materna. Estas disposiciones aplicarán a las empresas privadas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos o aquellas con capitales inferiores a 1.500 salarios mínimos con más de 50 empleadas.

En el caso de las empresas públicas y privadas con más de 1.000 empleados dispondrán de dos (2) años para las adecuaciones necesarios de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, y las privadas con menos de la misma cifra de empleados, tendrán cinco (5) años para esta implementación. Lo anterior, desde el momento en que se sanciona la ley.

MinSalud es el ente encargado de vigilar y controlar la implementación y funcionamiento de estos espacios, compartiendo los parámetros técnicos para su operación y las especificaciones técnicas de higiene, salubridad y dotación mínima con que deben contar, teniendo en cuenta cinco pasos: disponer de una política; adecuar y dotar un espacio físico; asegurar la extracción, conservación y transporte de la leche materna; formar a mujeres gestantes, madres en lactancia y comunidad empresarial, y cumplir con el Código Internacional de Comercialización de los Sucedáneos de la Leche Materna y el Decreto 1397 de 1992.

Por su parte, el Gobierno Nacional, departamental, distrital y municipal, en uso de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad, promoverá campañas y brindará capacitación para incentivar la lactancia materna en las trabajadoras de las entidades públicas y privadas. El Ministerio de Hacienda determinará los beneficiarios, alivios o incentivos tributarios para las empresas privadas que adopten estos espacios.

 

Artículos de interés:

Lineamientos para la Implementación y Fortalecimiento de la Estrategia IAMI

Lineamientos tecnicos para la implementación de las Salas Amigas de la Familia Lactante en el Entorno Laboral

 

 

 

 

Otras

Noticias